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Naturaleza jurídica del matrimonio

El matrimonio se considera una institución de carácter civil. Es un contrato celebrado entre un hombre y una mujer o, en algunos estados, entre personas del mismo sexo, con el propósito de establecer una comunidad de vida y apoyo mutuo, fundada en el libre consentimiento de los contrayentes.
 
Es un acto jurídico bilateral constituido por la manifestación de la voluntad de los contrayentes, para contraer matrimonio e integrado por la actuación del oficial público encargado del Registro Civil o la autoridad competente para celebrar el matrimonio.

En la noción tradicional el matrimonio es considerado un acto jurídico "matrimonial" y no un contrato y sirve también como un control de legalidad establecido por el Estado.
 
El matrimonio se basa en los siguientes principios fundamentales:
  • Igualdad: Tanto hombres como mujeres tienen los mismos derechos y obligaciones en el matrimonio.
  • Libre consentimiento: El matrimonio se basa en el acuerdo libre y voluntario de las partes, sin coacción ni vicios en el consentimiento.
  • Monogamia: El matrimonio es una unión exclusiva entre dos personas, lo que implica la prohibición de contraer matrimonio simultáneamente con otras personas.
  • Impedimentos: Existen ciertas prohibiciones legales para contraer matrimonio, como el parentesco cercano o el matrimonio anterior no disuelto.
El matrimonio genera una serie de derechos y obligaciones para los cónyuges, como el deber de fidelidad, la contribución económica y el deber de cohabitación. Además, otorga una serie de derechos y beneficios legales, como la posibilidad de compartir bienes, obtener pensión alimenticia, derechos sucesorios, entre otros.

Es importante destacar que en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió jurisprudencia declarando inconstitucionales las leyes estatales que prohibían el matrimonio entre personas del mismo sexo, estableciendo que la exclusión de parejas del mismo sexo del matrimonio era discriminatoria y violaba los principios constitucionales de igualdad y no discriminación. A partir de entonces, se reconoce el derecho al matrimonio igualitario en todo el país.

Consecuencias jurídicas del matrimonio

El matrimonio es una institución legal que conlleva varias consecuencias jurídicas. Estas pueden variar en detalle según el país y la legislación vigente en cada lugar, pero a continuación se presentan algunas de las consecuencias jurídicas más comunes asociadas al matrimonio:

Los efectos del matrimonio recaen entre los cónyuges en si y estos respecto a sus hijos y son:
  • La cohabitación. De esta deriva el trato cotidiano que da origen a la ayuda mutua que entre cónyuges se deben.
  • Protección legal de la familia: El matrimonio establece un vínculo legal reconocido entre los cónyuges y proporciona una protección legal a la familia. Se establecen derechos y obligaciones recíprocos, como el deber de respeto, ayuda mutua y fidelidad.
  • Régimen patrimonial: En México, existen dos regímenes patrimoniales comunes para los matrimonios: la sociedad conyugal y la separación de bienes. La sociedad conyugal es el régimen legal por defecto, donde los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran propiedad común de ambos cónyuges, a menos que se establezca lo contrario. La separación de bienes implica que cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes que adquiere antes y durante el matrimonio, sin compartirlos automáticamente con el otro cónyuge.
  • Derechos hereditarios: El matrimonio otorga derechos hereditarios. En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente tiene derecho a heredar una parte de los bienes del cónyuge fallecido, dependiendo de la legislación y las circunstancias específicas.
  • Derechos de seguridad social: El matrimonio puede otorgar derechos de seguridad social. En México, el cónyuge puede tener derecho a recibir beneficios del seguro social o pensiones en caso de fallecimiento, invalidez o jubilación del otro cónyuge.
  • Derechos de custodia y alimentos de los hijos: En el matrimonio, los cónyuges tienen derechos y responsabilidades respecto a los hijos que tengan en común. Esto incluye la toma conjunta de decisiones en asuntos relacionados con la educación, salud y bienestar de los hijos, así como la responsabilidad de proporcionar alimentos (manutención) para los hijos. 

Impedimentos para contraer matrimonio.

Aunque pueden variar dependiendo la legislación a la que se encuentren sometidos los sujetos que desean crear el vinculo conyugal los impedimentos para contraer matrimonio comúnmente son:
  • La consanguinidad entre ascendientes y descendientes sin limitación;
  • La consanguinidad entre hermanos o medio hermanos;
  •  El vínculo derivado de la adopción plena,  el derivado de la adopción simple, entre adoptante y adoptado, adoptante y descendiente o cónyuge del adoptado, adoptado y cónyuge del adoptante, hijos adoptivos de una misma persona, entre sí, y adoptado e hijo de adoptante. Los impedimentos derivados de la adopción simple subsistirán mientras ésta no sea anulada orevocada;
  • La afinidad en línea recta en todos los grados;
  • Tener menos de dieciocho años; 
  • El matrimonio anterior, mientras subsista;
  • Haber sido autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges;
  • La privación permanente o transitoria de la razón, por cualquier causa que fuere;
  • La sordomudez cuando el contrayente afectado no sabe manifestar su voluntad en forma inequívoca por escrito o de otra manera. 

Requisitos de fondo y forma para la celebración del matrimonio

Para que exista un matrimonio válido y lícito es necesaria la reunión de requisitos de fondo y requisitos de forma.
Los requisitos de fondo son:
  • La diversidad del sexo de los contrayentes(con exepcion de algunas legislaciones), 
  • La ausencia de impedimentos establecidos por la ley;
  • Que el consentimiento se exprese libre de vicios.
Para los requisitos de forma lo fundamental es que el consentimiento se otorge ante el oficial público facultado para consumar el matrimonio de los contrario su ausencia provoca la inexistencia del vinculo conyugal. El resto de la falta de formas puede subsanarse. 

Matrimonio

El matrimonio es una figura jurídica cuya función es crear un vínculo conyugal entre sus miembros. creando un lazo reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. La unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados por los cónyuges, según lo que establezcan las normas de sistema de parentesco vigente.